El Derecho Posesorio (II)

Una de las primeras dificultades que encontré, recién llegado a la posición de gerente del Instituto Panameño de Turismo, fue tratar de determinar quiénes eran los verdaderos dueños de las tierras que bordean las costas panameñas. En mis solicitudes a Catastro de aquel entonces, 2004—2006, se me indicó que aproximadamente un 70% de la superficie nacional no estaba registrada. Por eso no me fue posible inicialmente establecer un argumento de uso con el cual desarrollar áreas turísticas competitivas, sobre todo en las costas, si no se sabía a quién pertenecía la tierra y qué uso se le estaba dando en la actualidad. Esa increíble realidad me llevó a exigir la creación de acciones estatales dirigidas a la titulación, especialmente en las áreas costeras. 


En los meses siguientes el Gobierno Nacional inició un censo nacional de áreas con potencial turístico y años más tarde se creó una Ley relacionada con la titulación de propiedades en islas y costas nacionales. Sin embargo, dos importantes puntos que propuse entonces nunca fueron considerados:

1. El terreno cedido a través de un Derecho Posesorio podrá ser recuperado por el Estado cuando: a) el beneficiario no necesite ya el terreno para vivir en él; b) cuando el beneficiario no necesite ese terreno para trabajar y derivar su sustento; y, c) cuando el beneficiario, de hecho, no resida más en ese terreno. 2. El Estado recuperará el terreno cuando el beneficiario pretenda venderlo antes de 10 anos de su disfrute actual del Derecho Posesorio.

En ese caso, el Estado tendrá la primera opción de compra y pagará lo que originalmente se registró como valor catastral del terreno, al momento en que se concedió el derecho posesorio.

Estas sugerencias dirigidas a eliminar la oportunidad para la corrupción y el juegavivo en el otorgamiento y certificación de propiedad de un Derecho Posesorio fueron ignoradas y sus mayores opositores provenían de los sectores privados.

Por aquel entonces, en las reuniones que sostuve a lo largo y ancho del país explicando el argumento para un Plan Nacional de Turismo, solicité una y otra vez a las personas que alegaban tener derechos posesorios en áreas consideradas turísticas que, por favor, no vendieran su tierra y que en cambio dieran en concesión solo una parte de ella. Expliqué que haciendo eso lograban: a) mantener la propiedad de la tierra en familia; b) podrían trabajar en su tierra, como elemento de apoyo a la actividad turística a desarrollarse en la porción que concesionada; y c) tendrían un lugar donde vivir, el mismo donde habían residido y trabajado siempre.

Desafortunadamente, la codicia aplasta la razón. Empecé a escuchar anécdotas de gente que vendía en miles de dólares lo que no les había costado nada, recibían el dinero, se lo gastaban en necedades, quedaban limpios, sin tierra y entonces culpaban a otros ¡por su ‘mala suerte’!

Se requiere un Censo Nacional de Propiedad y con él la determinación de quién es propietario de qué, a nivel nacional. El Estado debe replantear y reformar la estructura legal relacionada con la creación del Derecho Posesorio, con su otorgamiento y mantenimiento. Solo debe conferirse ese Derecho en casos de necesidad comprobada. Solo debe sostenerse en caso de utilización comprobada. En caso de venta, el Estado deberá tener la primera opción de compra al precio que originalmente se registró para esa propiedad, o deberá recibir el 90% del precio pactado y el propietario inscrito el 10% por la transacción. La transmisión de un derecho posesorio, o certificado de propiedad basado en un derecho posesorio inscrito a herederos del beneficiario original, será justificada solo cuando se continúen cumpliendo las condiciones inicialmente exigidas para otorgarlo antes descritas en este artículo: el uso social de la tierra por parte del heredero del bien.

Actualmente, lo relacionado al Derecho Posesorio resulta un confuso desorden legal, regido por la ambición y la codicia, creador de oportunidades para la corrupción generalizada y sin límite, donde intermediarios y especuladores del sector privado, con el apoyo de servidores públicos corruptos, o ignorantes, procuran fortunas inmediatas a expensas de la tierra nacional, y algunos irresponsables crean su futura ruina a cambio de un pasajero alivio económico.

 

Rubén Blades
(ABOGADO Y EX MINISTRO DE TURISMO DE LA REPUBLICA DE PANAMA)
Manhattan, 8 de Noviembre, 2011

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